Barcelona modifica su Ordenanza de circulación y pone límites a los patinetes eléctricos a partir del 2025

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Estas son las novedades que los usuarios de patinetes eléctricos de Barcelona deben conocer.

La ciudad de Barcelona estrenará una importante novedad en sus calles que tiene que ver con el uso de los vehículos de movilidad personal. Los usuarios de patinetes eléctricos que se muevan por la Ciudad Condal deberán estar al tanto de estas novedades.

Barcelona es una de las ciudades españolas donde más se puede ver la convivencia entre los coches, las motos, las bicicletas y los patinetes eléctricos. La Ciudad Condal tiene un fantástico entramado para que sus vecinos y turistas se puedan mover de formas bien diferentes.

Para darle una mayor seguridad a los usuarios de los VMP, los Vehículos de Movilidad Personal, para el 2025 hay importantes cambios que todos los barceloneses deben conocer de antemano. Todo a raíz de la modificación de la Ordenanza de circulación, peatones y vehículos.

Y es que a partir del 1 de febrero del 2025, los usuarios de bicicletas y, sobre todo, los de patinetes eléctricos, tendrán que afrontar una serie de cambios importantes si no quieren ser objeto de multa.

Nuevas normas para los patinetes eléctricos en Barcelona.

Patinetes eléctricos en Barcelona: nuevas normas

A partir de la mencionada fecha, los que utilicen un patinete eléctrico por las calles de la capital catalana deberán llevar casco de forma obligatoria. De no hacerlo, se arriesgarán a recibir una sanción económica de 100 euros. También deberán llevar equipados sus patinetes con luces delantera y trasera.

Su uso también se verá acotado: estos VMP tienen el título de vehículos unipersonales, por lo que no podrán ir subidas dos personas a la vez. Por otra parte, tendrán restringido su uso por las aceras (bajo pena de multa de 500 euros), zonas peatonales ni por la calzada de vías donde su límite sea de 50 km/h.

Nuevas normas para los patinetes eléctricos en Barcelona.

Los patinetes eléctricos deberán circular sí o sí por los carriles bici habilitados, a 25 km/h de velocidad máxima, o bien a 10 km/h si dicho carril está en la propia acera o si es un parque. Para circular en calzadas donde el límite es 30 km/h, su velocidad máxima será de 25 km/h.

Este tipo de vehículos de movilidad personal estarán limitados para su uso por las calles de Barcelona a personas de 16 años o más. En el caso de realizar una actividad comercial con un patinete eléctrico, deberá contar con un seguro de responsabilidad civil ante terceros de forma obligatoria (no así para uso personal, pero se recomienda).

La nueva ordenanza barcelonesa también trae cambios para los ciclistas.

Las bicicletas, también acotadas

En Barcelona se ven muchas bicicletas en el día a día de la ciudad. Estas también se apartan de las aceras, las cuales quedan en exclusividad para los peatones. Eso sí, hay excepciones: podrán usarse bicicletas por las aceras siempre que sean llevadas por menores de 12 años y los adultos que los acompañen, así como los menores de 14 años en aquellas calles que no dispongan de carril bici, o adultos que transporten menores de edad en calles sin carril bici.

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«Es una ordenanza muy trabajada que nos permitirá ordenar la movilidad en Barcelona y mejorar la convivencia entre las maneras de desplazarse en la ciudad», afirman desde el Ayuntamiento, que también ha vetado el aparcamiento de motos en las aceras de hospitales y escuelas.

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